AUTORIZACION DE INSTALACION EN EL CONCURSO DE FARMACIAS DE CASTILLA-LA MANCHA

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AUTORIZACION DE INSTALACION EN EL CONCURSO DE FARMACIAS DE CASTILLA-LA MANCHA

26 de abril de 2024

Tras la plantilla correctora definitiva de la prueba escrita establecida en la base séptima de la Resolución de 19/05/2022 por la que se acuerda el inicio del procedimiento de la convocatoria del concurso público para el otorgamiento de la autorización administrativa de instalación de nuevas oficinas de farmacia, se aprueban las bases de la misma y se designa a los miembros de la comisión de valoración, en la redacción dada por la Resolución de 24/10/2022, de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Sanitaria, queda pendiente la publicación de la valoración de los méritos por la comisión de valoración.

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Desde ese momento se inicia la denominada RESOLUCIÓN DE AUTORIZACION DE INSTALACIÓN.

Cuyo procedimiento es el siguiente:

Una vez realizada la valoración de los méritos por la comisión de valoración, se elaborará la lista provisional en la que se incluirán las puntuaciones obtenidas por todos los solicitantes y, en su caso, el núcleo de población y municipio asignado.

La Dirección General competente en materia de ordenación farmacéutica publicará la lista en el DOCM y en la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a fin de que los interesados, en el plazo de diez días, puedan formular reclamaciones ante el presidente de la comisión de valoración o renunciar a continuar el procedimiento.

Analizadas las reclamaciones por la comisión de valoración, se elaborará la lista definitiva del concurso. La Dirección General competente en materia de ordenación farmacéutica publicará en el DOCM y en la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la resolución en la que conste:

a) Lista definitiva del concurso con los siguientes datos:
1º. Nombre del solicitante.
2º. Puntuación total obtenida.
3º. Obtención o no de adjudicación de nueva oficina de farmacia.

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b) Lista de las autorizaciones de instalación de las nuevas oficinas de farmacia que se conceden con los siguientes
datos:
1º. Núcleo de población y área geográfica, en su caso, para el que se autorizan y municipio.
2º. Provincia y zona farmacéutica a que pertenecen.
3º. Solicitante o solicitantes a quien o quienes se adjudica cada autorización.

Tras dicha Autorización de Instalación, comenzará el denominado PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN DE FUNCIOMANIENTO de las Nuevas Oficinas de Farmacia.

Además, y como ya se ha informado a lo largo de los últimos meses en la web de www.setep.es , la documentación relativa al proceso de convocatoria es la siguiente:  

 

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Si desea más información póngase en contacto  925 28 43 17   informacion@setep.es

26 de abril 2024

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