PLAN DE INSPECCION DE OFICINAS DE FARMACIAS EN CASTILLA LA MANCHA 2024

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PLAN DE INSPECCION DE OFICINAS DE FARMACIAS EN CASTILLA LA MANCHA 2024.

28 de febrero 2024

Con fecha 2 de febrero de 2024 se ha publicado la Resolución de 19/02/2024, de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Sanitaria y Farmacia, por la que se aprueba el Plan de Inspección de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Consejería de Sanidad para el año 2024.

En dicha Resolución se establecen las: 

– Prioridades en materia de Inspección Sanitaria

– Programas Generales de Inspección. 

– Programas de Inspección farmacéutica. 

– Programas de Inspección de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios.

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Entre dichos programas cabe destacar en el ámbito de los establecimientos de Farmacias los siguientes programas de inspección:

a) Programa de inspección de oficinas de farmacia.
Objetivo: Controlar que el funcionamiento de las oficinas de farmacia se ajusta a las condiciones reglamentariamente establecidas.

b) Programa de control de dispensación de medicamentos susceptibles de desviarse a usos no terapéuticos.
Objetivo: Prevenir la utilización de medicamentos para usos distintos a los terapéuticos, evitando los riesgos para la salud que supone esta práctica.

c) Programa de control de prácticas ilegales de distribución de medicamentos.
Objetivos:
1º Garantizar la disponibilidad de medicamentos al destinatario final.
2º Controlar la realización de prácticas ilegales de distribución por parte de oficinas de farmacia y entidades de distribución.

d) Programa de control de la asistencia farmacéutica en centros sociosanitarios.
Objetivo: Supervisar la asistencia farmacéutica que se presta en centros sociosanitarios, verificando su funcionamiento desde la prescripción hasta la utilización de los medicamentos por los usuarios

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e) Programa de control de mercado de productos farmacéuticos.
Objetivo: Garantizar las características que la normativa vigente exige a los productos farmacéuticos puestos en el mercado, mediante la comprobación de que éstas se mantienen desde su fabricación hasta su dispensación.

f) Programa de control de medicamentos veterinarios.
Objetivos:
1º Supervisar el funcionamiento de los establecimientos autorizados para la dispensación y distribución de medicamentos veterinarios, verificando que se adapta a la normativa vigente sobre la materia.
2º Controlar el cumplimiento de las buenas prácticas de distribución de medicamentos veterinarios.
3º Verificar que la dispensación de medicamentos investigados en los programas nacionales correspondientes, se realiza en las condiciones reglamentariamente establecidas por los establecimientos autorizados.
4º Prevenir la utilización de medicamentos veterinarios para usos no autorizados.
5º Verificar que la prescripción, tenencia, transporte, aplicación, uso o administración de medicamentos veterinarios por parte de los profesionales de la veterinaria, se realiza conforme a los requisitos exigidos en la normativa vigente.
6º Supervisar que la venta de medicamentos veterinarios en otros establecimientos en los supuestos que permite la normativa en vigor, se realiza en los términos reglamentariamente establecidos.

g) Programa de inspección de servicios de farmacia hospitalaria.
Objetivo: Supervisar el funcionamiento de los servicios de farmacia de los hospitales de Castilla-La Mancha.

h) Programa de inspección y control de movimientos de estupefacientes.
Objetivo: Supervisar que la gestión de estupefacientes en los establecimientos de dispensación de medicamentos de uso humano en Castilla-La Mancha se realiza conforme a lo establecido en la normativa de aplicación.

i) Programa de inspección de botiquines farmacéuticos.
Objetivo: Supervisar que el funcionamiento de los botiquines farmacéuticos se ajusta a las condiciones reglamentariamente establecidas.

j) Programa de control de depósitos de medicamentos de toxina botulínica tipo A con finalidad estética.
Objetivo: Supervisar la adquisición, conservación y utilización de la toxina botulínica tipo A con finalidad estética en centros y servicios sanitarios autorizados conforme a la normativa en vigor.

k) Programa de control de la fabricación de productos sanitarios a medida.
Objetivo: Supervisar que los productos sanitarios a medida son elaborados por los fabricantes correspondientes conforme a los requisitos que establece la normativa en vigor.

l) Programa de control de la distribución de productos sanitarios.
Objetivo: Supervisar que las entidades que distribuyen productos sanitarios cumplen con los requisitos reglamentariamente establecidos para su adquisición, almacenamiento, transporte y entrega, así como para la retirada eficaz de los mismos en caso de alerta, verificando su trazabilidad.

m) Programa de control de preparación de sistemas personalizados de dosificación en oficinas de farmacia.
Objetivo: Verificar que la preparación de los sistemas personalizados de dosificación que se realiza en las oficinas de Castilla-La Mancha se ajusta a lo establecido en la legislación vigente.

n) Programa de prevención y control del fraude en la facturación al Sistema Sanitario Público de medicamentos y productos sanitarios.

Objetivo: Prevenir mediante actuaciones conjuntas entre la Inspección de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Sanitaria y Farmacia de la Consejería de Sanidad, la Gerencia de Coordinación e Inspección del Sescam y la Dirección General de Asistencia Sanitaria del Sescam, el fraude en la prestación de productos farmacéuticos, priorizando los siguientes puntos críticos:
1º Facturación de productos farmacéuticos en receta electrónica a pacientes que no los consumen.
2º Facturación de medicamentos susceptibles de desvíos a comercio paralelo o usos no terapéuticos.
3º Facturación irregular de medicamentos y productos sanitarios a pacientes institucionalizados

Ver Resolución: PINCHE AQUÍ

Si desea más información póngase en contacto informacion@setep.es

28 de febrero de 2024

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