Ayudas a los Autónomos y Colaboradores de Castilla-La Mancha

Orden De Ayudas A Los Autónomos De Castilla-La Mancha 2022

Autonomos 7

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Publicado el Decreto de Ayudas a los Autónomos y colaboradores afectados por el covid, en Castilla-La mancha

28 de diciembre 2020

Con fecha 28 de diciembre de 2020, se ha publicado el Decreto 83/2020, de 21 de diciembre, por el que se regulan ayudas para el inicio y mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas y del familiar colaborador, afectadas por el COVID-19.

 

 

Publicado el Decreto de Ayudas a los Autónomos y colaboradores afectados por el covid, en Castilla-La mancha.

 

Autonomos 7Con fecha 28 de diciembre de 2020, se ha publicado el Decreto 83/2020, de 21 de diciembre, por el que se regulan ayudas para el inicio y mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas y del familiar colaborador, afectadas por el COVID-19..

 

 

La Consejería de Economía, Empresas y Empleo ha aprobado un programa de ayudas para el inicio y mantenimiento de la actividad por los autónomos y sus familiares colaboradores que se dieron de alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social (RETA) ENTRE EL 1 DE NOVIEMBRE DE 2019 Y EL 27 DE DICIEMBRE DE 2020.

 

BENEFICIARIOS:

a) Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por cuenta propia de forma individual, así como dentro de una comunidad de bienes, sociedades civiles y entidades sin personalidad jurídica.

 

b) Los autónomos de las sociedades limitadas unipersonales.

 

c) Los autónomos colaboradores familiares del titular autónomo principal del negocio.

 

NO serán beneficiarias las personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes a las que se refiere el Capítulo III del Título II de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.

 

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:

La cuantía de la ayuda será de 3.000 euros. Se incrementará en un 20% si la actividad se realiza en alguno de los municipios localizados en zona ITI, que en la provincia de Toledo están en la comarca de Talavera de la Reina y comarca de la Campana de Oropesa, o en municipios de zonas prioritarias (Mora, La Puebla de Montalbán, Talavera de la Reina y Villacañas).

 

REQUISITOS PARA SER PERSONAS BENEFICIARIAS:

A destacar, entre otros:

a) Figurar inscritos en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha, como demandantes de empleo, no ocupados, el día anterior al alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.

b) Haber causado alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente entre el 1 de noviembre de 2019 y el 27 de diciembre de 2020.

c) En el caso de familiar colaborador, dicho familiar deberá ostentar respecto al titular principal de la empresa, la condición de cónyuge o persona con análoga relación afectiva y de convivencia, ascendiente o descendiente por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción.

d) Desarrollar la actividad que motiva la concesión de la subvención en Castilla-La Mancha.

e) Que la actividad objeto de la subvención no esté encuadrada en los sectores agrario, ganadero o forestal.

f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Y en su caso, de reintegro de subvenciones.

 

SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN:

El plazo de presentación de la solicitud se ha fijado entre el 29 de diciembre de 2020 y el 28 de febrero de 2021. Se presentará de forma telemática con firma electrónica, por lo que es preciso contar con el Certificado digital para realizar dicha solicitud. Sólo se puede presentar una solicitud por persona solicitante.

 

 

Si desea más información póngase en contacto info@abacoconsultor.es

   

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