Orden de Ayudas a los Autónomos de Castilla-La Mancha 2022

Orden De Ayudas A Los Autónomos De Castilla-La Mancha 2022

Autonomos 7

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Publicada la orden de Ayudas a los Autónomos en Castilla-La mancha 2022

30 de diciembre 2022

Con fecha 30 de diciembre de 2021 se ha publicado la Orden 194/2021, de 27 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el inicio, mantenimiento y consolidación de la actividad de las personas trabajadoras autónomas.

 

PublicadA LA ORDEN de Ayudas a los Autónomos en Castilla-La Mancha 2022

 

Autonomos 7

 

 

Con fecha 30 de diciembre de 2021 se ha publicado la Orden 194/2021, de 27 de diciembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el inicio, mantenimiento y consolidación de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU y se realiza su convocatoria para 2021 . VER DIARIO

 

 

  •   Lineas que se subencionan.
  • Personas beneficiarias.
  • Cuantías de las ayudas.
  • Requisitos para ser Beneficiarios.
  • Obligaciones de los Beneficiarios.
  • Plazo de Solicitud.

Las Líneas que se subvencionan son:

Línea 1.: Subvenciones para el inicio y mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas,

 

Línea 2.: Subvenciones para la consolidación de la actividad de las personas trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la continuidad de su empleo por cuenta propia tras los primeros 12 meses de actividad.

 

Las personas beneficiarias son:

 

Línea 1.:

– Las personas físicas establecidas como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia, que realicen la actividad en nombre propio, incluyendo a las integradas en comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin personalidad jurídica

– Sociedades limitadas unipersonales, cuando el único socio que la constituya sea una persona física que desarrolle su actividad en la sociedad.

 

Línea 2.:

– Las personas descritas en el apartado anterior, que realicen la actividad en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, de acuerdo a la tipología y clasificación de zonas rurales de Castilla-La Mancha, siempre que en el momento de solicitar la ayuda lleven más de 12 y menos de 36 meses de alta en el RETA o Mutualidad correspondiente.

 

No serán beneficiarias, en ningún caso, las personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes, ni las personas trabajadoras autónomas en calidad de familiares colaboradores.

Cuantías de las ayudas:

Línea 1.: 3.000,00.-€, pudiéndose incrementar en función del municipio de la actividad.

Línea 2.: 2.000,00.,-€

 

Requisitos para ser Beneficiario:

Entre otros requisitos, se destaca:

-Para la Línea 1:

-Figurar inscritos en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha, como demandantes de empleo, el día anterior al alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.

– Haber causado alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente entre el 28 de diciembre de 2020 y el 30 de junio de 2022, y continuar estándolo, ininterrumpidamente, a la fecha de presentación de la solicitud.

 

– Para la Línea 2:

– Encontrarse dado de alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, desde los 12 meses siguientes al inicio de la actividad y continuar estándolo, ininterrumpidamente, a la fecha de presentación de la solicitud.

 

  Obligaciones de las personas beneficiarias:

 

 Entre otras, destacamos:

– Mantener la actividad que motiva la concesión de la subvención durante al menos doce meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de la presentación de solicitud.

– Realización obligatoria, al menos, de una acción que contribuya a la transición de su actividad hacia una economía verde o que contribuya a su transformación digital.

 – Aportar, en el plazo de dos meses contados a partir de los doce meses siguientes a la concesión de la ayuda, un formulario de justificación establecido al efecto junto con certificado de haber asistido a la acción formativa y una memoria de la actividad realizada.

 

Plazo de solicitud:

Del 31 de diciembre de 2021 al 30 de junio de 2022

 

  

Si desea más información póngase en contacto info@abacoconsultor.es

 

 

 

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