MEDIDAS ECONÓMICAS URGENTES POR COVID-19

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MEDIDAS ECONÓMICAS URGENTES POR COVID-19

 

13 marzo 2020

 

Entre las medidas publicadas en el Real Decreto-Ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, se establece el Aplazamiento de Deudas Tributarias.

  

CONSIDERACIÓN MEDIDAS ECONÓMICAS URGENTES POR COVID-19

 

Entre las medidas publicadas en el Real Decreto-Ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, se establece el Aplazamiento de Deudas Tributarias.

 

En el ámbito de las competencias de la Administración tributaria del Estado, se concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde la fecha de entrada en vigor del presente real decreto-ley y hasta el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive.

 

Siempre que las solicitudes presentadas hasta esa fecha reúnan ciertos requisitos, como son: 

– El importe de las deudas en conjunto no exceda de 30.000 euros.

– Cuando su situación económico-financiera le impida, de forma transitoria, efectuar el pago en los plazos establecidos.

– El obligado al pago carezca de bienes suficientes para garantizar la deuda.

 

Será requisito necesario para la concesión del aplazamiento que el deudor sea persona o entidad con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019.

 

Las condiciones del aplazamiento serán las siguientes:

– El plazo será de seis meses.

– No se devengarán intereses de demora durante los primeros tres meses del aplazamiento.

de 2020).

 

   

  

Si desea más información póngase en contacto info@abacoconsultor.es

13 marzo 2020

 

 

 

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