SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL 2026 – SMI 2026

PUBLICACIO EL SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL SMI PARA 2023

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SALARIO MINIMO INTERPROFESIONAL 2026. SMI 2026. 

23 febrero 2026

El Boletín Oficial del Estado de 19-02-2026 ha publicado el Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026. 

La norma entra en vigor el 20 de febrero de 2026, y sus efectos se extienden desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026. Las materias que pueden afectar a su actividad desde el punto de vista de sus obligaciones laborales y sociales son las siguiente:

Cuantías del Salario Mínimo Interprofesional para 2026

El salario mínimo interprofesional se fija, para todas las actividades de la agricultura, industria y servicios, sin distinción de edad ni sexo, en:

SMI Mensual (14 pagas)

1.221 €

SMI Mensual (12 pagas)

1.454,50 €

SMI Anual

17.094 €/año

SMI Diario

40,70 €/día

SMI diario contratos de menos 120 días

57,82 €/día

Empleados del hogar por horas

 9,55 €/hora

 

La referencia anual mínima del SMI es de 17.094 euros en cómputo anual para jornadas completas, importe que sirve para la comparación con cualquier salario profesional sujeto a compensación y absorción.

El abono del salario mínimo se fija con efectos desde el 1 de enero de 2026.

Complementos, compensación y absorción

La revisión del salario mínimo interprofesional establecida en este real decreto no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales que viniesen percibiendo las personas trabajadoras cuando tales salarios en su conjunto y en cómputo anual fuesen superiores a dicho salario mínimo.

Otras consecuencias

  1. El incremento del SMI implicará en el ámbito de las obligaciones con la seguridad social, la actualización de bases mínimas de cotización, los trabajadores afectados y el Incremento proporcional de cuotas a la Seguridad Social.

    2.-Pueden disminuir o desaparecer embargos de salario, al aumentar el importe mínimo inembargable

Actuaciones legales necesarias para su empresa

  1. Revisar las nóminas de todos los trabajadores cuya remuneración total en cómputo anual pueda quedar por debajo de 17.094 euros, procediendo a su adecuación si corresponde.
  2. Regularizar posibles diferencias salariales de enero a febrero de 2026 si se hubieran abonado importes inferiores.
  3. Adaptar los salarios de los empleados del hogar y trabajadores temporales conforme a la regulación específica, en su caso.

Desde nuestro despacho procederemos a revisar la situación salarial de su empresa y, previa información a Vd., de cualquier incidencia relevante, se efectuarán las adaptaciones normativas necesarias a la nueva regulación.

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Si desea más información póngase en contacto informacion@setep.es

23 febrero 2026

 

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